Buenos Aires: ley que regula agencias de modelos


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Mediante ley de la Ciudad de Buenos Aires, se creó un Registro Público de Agencias de Modelos, Publicidad, Promoción y Similares, en el cual deberán inscribirse todas las personas o agencias que se encuentren relacionadas con la actividad, entre ellas las modelos y sus representantes.

La ley tiene como fin principal el informativo, protegiendo intereses de los o las trabajadoras, dotando de mayor transparencia y control a la actividad.

La inscripción en dicho Registro es obligatoria para todas las personas que desarrollen sus tareas en el ámbito de la Ciudad Autónoma.

Es importante saber que la falta de inscripción, así como la falsedad en la presentación de la declaración jurada que impone la ley, puede ser objeto de sanciones, tales como el pago de multas.

Se emitirá un certificado para acreditar la inscripción y quien contrate, puede exigir la exhibición del mismo.

Asimismo, la ley establece la obligación  por parte de las agencias de presentar una declaración jurada de carácter semestral, donde deberán consignar el domicilio donde desarrollan su actividad, la nomina de personas en relación de dependencia o como monotributistas que se desempeñan como modelos, promotoras y agentes de publicidad, consignando además la edad, número de documento y un certificado de aptitud física.

En caso de que las o los modelos sean menores de edad, deberán presentar la autorización de los padres o tutores, con certificación notarial.

Sin lugar a dudas, presenta un avance en la regulación de la actividad, otorgando mayor seguridad en la relación laboral y posibilitando el control estatal no solo sobre las condiciones de trabajo sino también, sobre los pagos que con objeto de la misma se realizan.